Notificaciones a través del sistema electrónico aduanero

Notificaciones a través del sistema electrónico aduanero

Como todos sabemos, la autoridad ha optado por utilizar los medios electrónicos para ofrecer mas de uno de sus servicios, entre ellos se encuentran varios trámites de comercio exterior, los cuales, se solicitan a través de distintas plataformas electrónicas, para ello debemos de cumplir con los requisitos establecidos en las distintas disposiciones legales y enviar toda la información y documentación a través de estos portales, pero…

¿Cómo recibo las notificaciones por parte de la autoridad?

De conformidad con el artículo 009-A de la Ley Aduanera, la autoridad enviará primeramente una notificación a los correos registrados dentro del Buzón del sistema electrónico aduanero, dando aviso de que se generó un acto administrativo relacionado con el trámite solicitado, una vez realizado esto tendremos 5 días hábiles para ingresar al portal (por el cual ingresamos el trámite) y utilizando la firma electrónica avanzada, podremos conocer la notificación emitida.

En caso de que no se ingresemos al portal dentro de los 5 días hábiles posteriores al correo de notificación, mismo acto administrativo se notificará por estrados, dentro del cual tendremos 15 días hábiles para ingresar al portal y de misma manera con la firma electrónica avanzada podemos conocer la notificación emitida.

Si posterior a los 15 días hábiles no ingresemos al portal, se tomará al solicitante como notificado al día 16 hábil, esto es importante de considerar, ya que algunos de los actos administrativos que emite la autoridad vienen de la mano con un requerimiento de información y/o documentación, en caso de no atender dicho requerimiento la autoridad entenderá que el solicitante se desiste del trámite y procederá a emitir una negativa de este.

Es por ello, que debemos de tener actualizados en todo momento los medios de contacto declarados en el buzón, así como, ingresar periódicamente al portal y verificar si se emitieron actos administrativos respecto del trámite que se está solicitando.

Publicación elaborada por L.N.I. Diego Rivero Cárdenas

Consultor Senior | Pepper & Salt

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