NUEVO ESQUEMA DE PAGO ELECTRÓNICO DE COMERCIO EXTERIOR (PECE)

NUEVO ESQUEMA DE PAGO ELECTRÓNICO DE COMERCIO EXTERIOR (PECE)

El Pago Electrónico de Comercio Exterior (PECE) constituye el nuevo esquema que, a partir del 25 de noviembre de 2019, debe de utilizarse para realizar el pago de contribuciones y aprovechamientos derivados de operaciones de comercio exterior, sustituyendo así al PECA (Pago Electrónico Centralizado Aduanero).

Con PECE, el SAT (Servicios de Administración Tributaria) emite una línea de captura en pedimentos en la cual se declara que se realizará el pago de obligaciones en efectivo, por lo que habrá una cantidad por pagar a favor de la TESOFE (Tesorería de la Federación), cuando en el pedimento no exista alguna cantidad por pagar a favor de la TESOFE, no requerirá obtener la línea de captura. Esta línea de captura es una clave alfanumérica conformada por 20 caracteres proporcionada por el SAT con concepto identificado como pago o importe.

Pedimentos, excedente de franquicia de pasajeros y formulario múltiple de pago para comercio exterior son casos específicos en los que se utilizará la línea de captura para estos pagos referentes a operaciones de comercio exterior.

Cuando se trata de pedimentos, la línea de captura se adquiere por medio del proceso de validación del pedimento, ya que se haya mandado el pedimento a validar, el SAT brindará como respuesta el archivo de validación conformado por el acuse de validación y la línea de captura, recordando que sólo será posible cuando al menos una contribución o aprovechamiento será pagado en efectivo, declarados en pedimento con forma de pago 0 (efectivo).

Cuando se trata de franquicia de pasajeros o formulario múltiple de pago para comercio exterior, la línea de captura podrá adquirirse a través de la página web del SAT.

Es importante mencionar que la línea de captura se encontrará vigente mientras el acuse de validación también lo esté, una vez que el acuse de validación pierda su vigencia, la línea de captura también la perderá. También, es preciso hacer énfasis en que no es posible realizar más de una vez el pago de una misma línea de captura, pues una vez iniciado el proceso de pago, el banco informa de manera automática al SAT para que este proceda a bloquear la línea de captura y eliminar la posibilidad de iniciar otro procedimiento de pago en cualquier otro banco.

Los pagos con línea de captura podrán realizarse a través del portal de banca electrónica correspondiente, directamente en la sucursal bancaria y por medio del Pago Electrónico de Comercio Exterior (PECE).

El proceso para realizar el pago por medio de PECE comienza por la obtención de la línea de captura para después generar el archivo de pago, el cual será enviado a través del prevalidador al banco que corresponda. Cuando ya se tiene respuesta por parte del banco, el archivo correspondiente será enviado por medio del prevalidador al usuario.

¿Qué sucede cuando las formas de pago son virtuales (no efectivo)? Para el caso de las formas de pago acreditables, se debe acudir directamente a la aduana a realizar el acreditamiento, una vez acreditadas, el pedimento se considera en definitivo y pagado.

Únicamente para el caso de las formas de pago no acreditables, es necesario utilizar el identificador AP, identificador que ayudará a decirle al sistema inteligente de aduanas cómo se quiere tratar al pedimento (definitivo o no definitivo).

Existen dos tipos de identificador AP:

  • AP1, el cual considerará al pedimento como definitivo.
  • AP2, el cual considerará al pedimento pendiente o por confirmar.

Una vez analizado lo anterior, ¿qué sucede cuándo se tiene una mezcla de formas de pago? Analicemos las diferentes situaciones a continuación:

  • Efectivo y formas de pago acreditables: El sistema brinda la línea de captura, antes de ser pagada dicha línea de captura, es necesario ir a la aduana a realizar el acreditamiento.
  • Efectivo y formas de pago no acreditables: Solamente es necesario pagar la línea de captura, con esto el pedimento se considerará pagado, pues no hay necesidad de acreditamiento.
  • Formas de pago acreditables y formas de pago no acreditables: En este caso se debe ir a acreditar, una vez acreditado el pedimento se considerará como pagado.
  • No hay montos por pagar (por ejemplo, las rectificaciones): Necesario poner identificador AP y decirle al sistema si es considerado como definitivo o no definitivo (AP1 o AP2).

¿Cómo será posible saber que la línea de captura fue pagada? Si se realiza el pago de la línea de captura a través de ventanilla bancaria o mediante el portal bancario por Internet, será necesario adjuntar de manera física al pedimento el comprobante de pago expedido por la institución bancaria. Si el pago se realiza a través de PECE, la información obtenida del archivo de respuesta del Banco se deberá imprimir en el pedimento, acreditando con esto el pago.

Si se desea verificar que la línea de captura está registrada como pagada ante la autoridad, en el pedimento será necesario imprimir el código QR, verificador de pago, a través del cual se podrá realizar la consulta directa al SAT y comprobar que la línea de captura esté pagada.

En cuanto al desglose de pagos en pedimento, antes con PECA se desglosaban los conceptos de prevalidación (PRV) y contraprestación (CNT) en donde se incluía en este último concepto el IVA de la prevalidación, el pago por el servicio de un particular y el IVA de dicho servicio.

Ahora con PECE, se desglosa el concepto de prevalidación (PRV) con su respectivo IVA (destinado a la TESOFE), dejando el concepto de la contraprestación (CNT) con su respectivo IVA en la cuenta de gastos del Agente Aduanal. Con este esquema es posible distinguir de manera precisa los montos que son destinados a la autoridad (TESOFE) de los que son de los particulares.

¿Cuáles son los beneficios que se obtienen con PECE desde el punto de vista del contribuyente? Con este nuevo proceso se busca principalmente hacer homólogo el pago de contribuciones a instituciones de crédito recaudadoras de recursos federales, así como también el proceso de cobro de ingresos federales del SAT, se extiende el número de bancos a 23, se incorporan canales de pagos, por ejemplo, ventanilla en sucursal bancaria e internet-web service, se valida de manera integral el pago por medio del Sistema Electrónico Aduanero (SEA/MATCE). Con esto se facilita el procedimiento de pago de las contribuciones de comercio exterior correspondientes convirtiéndolo más accesible y expedito.

Como autoridad, los beneficios radican en la completa trazabilidad de pago por parte de los contribuyentes, así como del flujo del negocio en cuanto a su operatividad, con esto le será posible identificar quien paga y de donde se realiza el pago de una manera directa y precisa.

Es interesante analizar como la autoridad se encuentra en constante modernización, pues los procesos y estructura así se lo han ido solicitando. Un claro ejemplo es la rapidez en la que se reflejarán los pagos realizados, pues los únicos 5 bancos autorizados anteriormente (con PECA) trabajaban los montos depositados por el contribuyente o por el Agente Aduanal 3 o 4 días hábiles, dependiendo sea el caso, para después ser depositado a la TESOFE. Actualmente, además de tener mayores opciones de bancos y todos sus beneficios tecnológicos como web service y banca móvil, el pago en línea será inmediato y al momento.

Publicación elaborada por L.C.I. Fernanda Lizett Ortiz Perpuli

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