El reconocimiento previo consiste en la revisión física de las mercancías, misma que se realiza por el Agente Aduanal, esto, como su propio nombre lo indica se lleva a cabo antes de que los bienes objeto del despacho aduanero crucen el semáforo fiscal.
El reconocimiento previo permite a la persona encargada de elaborar el pedimento, es decir al Agente Aduanal, conocer los siguientes puntos:
- Cantidad de mercancía a importar
- Especificaciones de la mercancía
- Origen de la mercancía
Se recomienda que esta práctica se lleve a cabo en operaciones de alto riesgo, por ejemplo:
- En las primeras ocasiones en las que se importe mercancía de un nuevo proveedor.
- Cuando en reiteradas veces el proveedor envía mercancía adicional como pudieran ser regalos, productos no solicitados, muestras, entre otros.
- Cuando por primera vez se importa mercancía de difícil clasificación y se requiere examinar físicamente los bienes.
- Cuando la mercancía contiene datos identificativos como marca, modelo o serie.
Si tienes dudas sobre si se debería a no hacer el previo en tu operación, no dudes en acercarte a uno de nuestros consultores para más información.
Autor: Diana Hernandez