CPTPP – Solución de Controversias

CPTPP – Solución de Controversias

Los medios alternos de solución de controversias cobran cada vez más relevancia en el ámbito de los negocios.

Desafortunadamente en un entorno en el que el accionar el órgano jurisdiccional trae consigo un desgaste netamente económico, máxime cuando el tiempo que se requiere para desahogar un proceso de esta índole es considerable; se vuelve necesario recurrir a otros mecanismos para solucionar los conflictos que se presentan en el día a día de los negocios.

En el caso del  Acuerdo Comprensivo y Progresivo para la Asociación Transpacífica, también conocido como TPP-11 o CPTPP por sus siglas en ingles, no es la excepción y es así que en su capítulo 28 sobre la solución de controversias, establece un modelo alterno de solución de conflictos orientado en todo momento a llegar a un acuerdo entre las partes sobre su interpretación y aplicación, realizando todo los esfuerzos mediante cooperación y consultas para alcanzar mutuamente una solución satisfactoria sobre cualquier asunto.

El mencionado capítulo incluye varios apartados sobre consultas, conciliación, mediación, establecimiento de grupos especiales para la resolución de las consultas, asesoría técnica de terceros expertos en la materia objeto del conflicto, compensaciones mutuas y suspensión de beneficios en caso de no llegar a un acuerdo y el arbitraje.

De igual manera en el artículo 28.22. sobre los derechos de los particulares del CPTPP, se establece que ninguna parte podrá exigir a su Estado conforme a sus leyes internas, el inicio de un procedimiento judicial contra cualquier otra parte argumentando que alguna medida adoptada por esa otra parte sea incompatible y/o que haya incumplido con sus obligaciones establecidas en el tratado.

En conclusión, el CPTPP facilita la solución de los conflictos al ofrecer alternativas a las partes y establecer un conjunto de figuras auxiliares en la resolución del conflicto, de igual manera fortalece el cumplimiento de las partes al permitir medidas coercitivas efectivas como la suspensión de beneficios y la compensación, de manera que todo lo anterior invita a las partes a llegar a acuerdos o arreglos y poner fin a los conflictos de manera oportuna y satisfactoria.

Elaborado por LNI. José Joaquin Sánchez Salvador | Jefe de operaciones en Pepper & Salt.

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